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Gastos comunes extraordinarios: una guía para administradores y vecinos

Los gastos comunes extraordinarios siguen siendo motivo de consultas. Comprender la diferencia entre estos y los ordinarios puede ayudar a controlar el debate frente a situaciones que exceden a los administradores.


En el mundo de las comunidades de propietarios e inquilinos, es esencial comprender la diferencia entre los gastos comunes ordinarios y extraordinarios. El artículo 2048 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en Argentina proporciona una definición clara y precisa de estas dos categorías. La diferencia abarca a países como Chile y España.



Gastos comunes ordinarios


Los gastos comunes, en su conjunto, comprenden todos los gastos destinados al beneficio de la comunidad y se dividen en dos categorías fundamentales: los gastos comunes ordinarios y los comunes extraordinarios.


Los gastos comunes ordinarios abarcan los necesarios para el mantenimiento, conservación y reparación de las áreas y elementos comunes, así como la sustitución o reemplazo de los existentes. Estos gastos son fundamentales para mantener en óptimas condiciones la seguridad, comodidad y decoro del inmueble. Además, incluyen los gastos resultantes de las obligaciones impuestas al administrador por la ley, el reglamento o las decisiones de la asamblea.


Gastos comunes extraordinarios


Por otro lado, los gastos comunes extraordinarios son una excepción a la regla. Se refieren a gastos decididos por los copropietarios en una asamblea con el objetivo de mejorar o embellecer las áreas comunes. Estos pueden incluir proyectos como la remodelación del hall de entrada o la adquisición de equipamiento para el salón de usos múltiples. A pesar de su envergadura o cuantía económica, estos gastos no se consideran comunes ordinarios y, por lo tanto, se contemplan como un caso especial.


¿Quién realiza el pago de los gastos comunes extraordinarios?


Los gastos van por cuenta de los copropietarios. Si hubiera un contrato de locación, la responsabilidad de los pagos de gastos comunes se traslada inquilino, no así al de los extraordinarios, que siguen siendo para el locador.


Cabe destacar que, aunque las partes puedan tener interpretaciones distintas de estos términos, ambos gastos se detallan en un único cupón de pago, sin diferenciar en quién recae la responsabilidad de pago.


El papel del administrador en la división de gastos comunes ordinarios y extraordinarios


Diferenciar los tipos de gastos no agota el debate, puesto que el siguiente interrogante se centra en cómo se abonan los gastos. Frente a esta situación, es fundamental recordar que el administrador del consorcio no es un árbitro en las disputas entre propietarios e inquilinos sobre quién debe asumir el costo de los diferentes tipos de gastos.


La función del administrador es aplicar las regulaciones establecidas y mantener la transparencia en la administración del dinero.


La comprensión de estas diferencias es esencial para una gestión financiera adecuada en las comunidades de vecinos.



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